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Resolución 493/2014 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Otórgase personería gremial al Sindicato de Trabajadores Municipales de San Lorenzo.

Citar: elDial.com - CC39CB

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Resolución 493/2014 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Otórgase personería gremial al Sindicato de Trabajadores Municipales de San Lorenzo.

Bs. As., 19/5/2014
Publicación en B.O.: 27/05/2014

VISTO el Expediente N° 543.659/2009 del Registro de la Delegación Regional Rosario del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23 551, sus modificatorias por Ley N° 25.674 y Ley N° 26 390 y Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE SAN LORENZO con domicilio en Beron de Astrada 386, San Lorenzo, Provincia de SANTA FE.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 220 de fecha 23 de marzo de 1993 la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo N° 1641.

Que por la Resolución mencionada se inscribió a la entidad para representar a todos los trabajadores comprendidos en el estatuto y escalafón para el personal de municipalidades y comunas de la Provincia de SANTA FE, Ley N° 9286, que prestan servicios dentro de los ejidos que constituyen el territorio de la Ciudad de San Lorenzo y las Comunas de las localidades de Pueblo Andino, Ibarlucea, Oliveros, Maciel, Gaboto y Monjes de la Provincia de SANTA FE.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 985 de fecha 20 de diciembre de 2004, se amplió el ámbito de representación con carácter de inscripción gremial al ámbito territorial de la Ciudad de Fray Luis Beltrán de la Provincia de SANTA FE.

Que la entidad peticionó la personería gremial el 31 de marzo de 2009.

Que con las pruebas agregadas en autos se tuvo por acreditado el universo de trabajadores en relación de dependencia con las Municipalidades de San Lorenzo, Fray Luis Beltrán y las Comunas
de Pueblo Andino, lbarlucea, Oliveros, Maciel, Gaboto y Monjes, todas de la Provincia de SANTA FE en el período de setiembre de 2008 a febrero de 2009 inclusive.

Que con fecha 15 de mayo de 2014 se celebró audiencia a efectos de constatar la representatividad de la peticionante, en dependencia de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, acreditándose representación cotizante, en el período de setiembre de 2008 a febrero de 2009 en las Municipalidades de San Lorenzo y Fray Luis Beltrán y las Comunas de Carrizales y Maciel, Provincia de SANTA FE.

Que en la audiencia mencionada la peticionante solicitó la aplicación de la Resolución M.T.E. y S. S. N° 255 de fecha 22 de octubre de 2003 y, consecuentemente, de acuerdo a lo dispuesto por la mencionada Resolución, corresponde acordar la personería gremial a la peticionante, sobre el ámbito de representación acreditado, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial, la que en virtud del artículo primero de la Resolución mencionada, no implica desplazamiento en el colectivo asignado de las personerías gremiales preexistentes.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto N° 355/02.

Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Otórgase al SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE SAN LORENZO con domicilio en Beron de Astrada 386, San Lorenzo, Provincia de SANTA FE, la personería gremial, con carácter de asociación gremial de primer grado para agrupar a los trabajadores comprendidos en el estatuto y escalafón para el personal de municipalidades y comunas de la Provincia de SANTA FE, Ley N° 9286, que presten servicios bajo relación dependiente con las Municipalidades de San Lorenzo y Fray Luis Beltrán y las Comunas de Carrizales y Maciel, Provincia de SANTA FE.
ARTICULO 2° — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo del estatuto de la entidad y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


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